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en el IES Sierra de Guara de Huesca
Charla-
Debate "Pruebas Extraordinarias"
1.
INTRODUCCIÓN.
La
entrada en vigor de la LOCE (Ley de Calidad), ha supuesto la
obligación de que las CC.AA articulen una prueba de carácter
extraordinario para la recuperación de aquellas materias
suspendidas en el periodo ordinario de clases por los alumnos.
La competencia de fijar las fechas de estas pruebas, así como los
contenidos, nivel de exigencia, etc. corresponde a las Comunidades
Autónomas. En este sentido cabe señalar la enorme improvisación
del Ministerio de Educación implantando la mencionada prueba,
cuando las CCAA ya habían cerrado sus calendarios escolares, con
los problemas de ajuste que ello conlleva.
En
Aragón se ha optado por poner implantar la prueba en los últimos
días del mes de junio para este curso 2003/2004.
Aun
con carácter provisional, la postura adoptada en Aragón,
coincide con la adoptada la mayoría de CC.AA en España. Así, un
total de 10 gobiernos autónomos, han fijado esta prueba en
el mes de junio, (entre ellas Cataluña, Valencia, Andalucía o
Euskadi), mientras que 7 han optado por situar la misma en
el mes de septiembre (Madrid, Murcia o Galicia, entre otras).
2.
Posición de FAPAR
Desde
FAPAR hemos apostado por defender la implantación de esta
prueba en junio, frente a la opción de septiembre,
como mal menor. Las razones de esta postura son muy amplias
y, entre otras citaremos éstas:
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La
posición de FAPAR está inspirada en velar por los
intereses de todo el alumnado, incluyendo
a aquellos
cuyas familias no tienen las posibilidades económicas
y sociales para orientarle.
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La
implantación de esta prueba en junio permitiría
mantener el comienzo de curso dentro de las dos
primeras semanas de curso, mientras que de hacerlo en septiembre condicionaría el inicio de curso previsto para
este mes e implicaría un considerable retraso del
mismo (de 10 a 12 días), con la consiguiente reducción
de días lectivos, lo que va en contra de la posición
mantenida en este asunto tendente a aumentar las
fechas lectivas.
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La
implantación de la prueba en septiembre implica, en
principio un mayor tiempo para preparar las materias.
No obstante y, siendo esto cierto, esta situación sólo
redunda en beneficio de aquellos alumnos que disponen
de un cierto nivel económico dentro de sus familias y
pueden acudir a academias profesores particulares,
etc. Por el contrario, la fecha de junio permite a todos
los alumnos preparar las materias aprovechando los
recursos existentes en los propios centros y con el
apoyo y atención del profesorado. Igualmente
consideramos necesario respetar un tiempo de descanso
para los alumnos.
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No
conviene olvidar que estamos
hablando de etapas obligatorias en las que hay que
hacer efectivo el
principio de igualdad de oportunidades, en las que la
escuela debe contribuir a compensar desigualdades
sociales y nunca a incrementarlas.
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La
celebración de la prueba de recuperación en el mes
de junio permite al alumno disponer de toda la
información y tiempo necesarios para determinar sus
opciones de matriculación (itinerarios, tipo de
bachillerato, etc) de cara al curso siguiente,
mientras que, en caso contrario, quedaría abocado a
aquellas opciones en las que quedaran vacantes.
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La
posibilidad de disponer de un verano libre de
obligaciones académicas puede constituir un acicate
que estimule el estudio de las materias a examinar en
esta prueba extraordinarias.
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Las
pruebas extraordinarias, así como las repeticiones no
son de utilidad para el alumnado, si no van acompañadas
de medidas de apoyo, y éstas no están previstas en
la LOCE, al tratarse de una ley dirigida al alumnado más
brillante y que obvia a la inmensa mayoría del
alumnado.
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Las
condiciones climatológicas de los meses de verano en
territorios como el aragonés, no resultan las más
propicias para el estudio, atendiendo a las altas
temperaturas que se registran en Aragón. Ante la
evidencia de que la mayoría de las viviendas no
disponen de refrigeración y de que las edades que se
afectan con esta medida no permiten el uso de
bibliotecas públicas, el factor climatológico debe
ser especialmente tenido en cuenta.
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Igualmente,
conviene incidir en que la ESO la cursan alumnos de 12
y 13 años que por su edad no están en condiciones de
planificar por sí solos un método de estudio durante
el verano sin el apoyo y guía del profesorado.
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3.
Conclusión.
Finalmente
desde FAPAR, queremos reiterar nuestra apuesta por la
implantación de esta prueba, como mal menor, en el mes de
junio frente a la posibilidad de implantarla en septiembre,
al tiempo que queremos insistir en la necesidad de facilitar
los medios adecuados para facilitar los apoyos y repasos
precisos para la recuperación de las asignaturas suspensas,
desde los propios centros como garantía de igualdad entre
todos los alumnos.
Igualmente
queremos hacer un llamamiento a la reflexión y el diálogo
de todos los agentes implicados en el medio educativo sobre
esta cuestión.
CUADRO
1
COMUNIDADES
AUTÓNOMAS ADOPTAN JUNIO Y SEPTIEMBRE
JUNIO |
SEPTIEMBRE |
Andalucía
Asturias.
Aragón
Cantabria
País Vasco.
Cataluña.
Comunidad Valenciana
Castilla – La Mancha.
Extremadura.
Canarias. |
Galicia.
Navarra.
Madrid.
Islas Baleares.
La Rioja.
Castilla – León.
Murcia. |
CUADRO
2
Incidencia
de la prueba en septiembre
sobre el inicio de curso
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Comienzo
Pruebas:
del 1 al 7 de septiembre
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Corrección: del
7 al 10 de septiembre
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Reclamaciones:
del 10 al 13 de septiembre
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Matriculación:
del
13 al 17 de septiembre
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Cupo
Profesorado/ Revisión Conciertos:
del 17 al 20 de septiembre
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Elección profesorado: del 20 al 22 de
septiembre
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INICIO
CURSO:
del 22 al 25 de septiembre
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