CEAPA se opone la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía porque posibilita el incumplimiento de la Ley
CEAPA se opone a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, ya que supone un paso atrás, al posibilitar a los padres demandantes el incumplimiento de una ley aprobada en el Congreso de los Diputados.
La Ley Orgánica de Educación y los reales decretos que la desarrollan, que fijan el currículum de esta materia, contaron en su día con el informe favorable del Consejo de Estado, lo que supone una garantía jurídica. Además hay que recordar que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y un auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña llegan a conclusiones diametralmente opuestas.
Aunque esta confederación confía en el adecuado funcionamiento de las instituciones judiciales, también muestra su sorpresa tras conocer, por distintos medios de comunicación, que el ponente de la sentencia es hijo del presidente de honor del Foro de la Familia, organización promotora de las objeciones de conciencia.
CEAPA respalda la postura de la Junta de Andalucía y de la Abogacía del Estado de recurrir la sentencia al Tribunal Supremo y espera que el Alto Tribunal unifique la doctrina y siente una postura clara que obligue al cumplimiento de la ley.
CEAPA considera que Educación para la Ciudadanía es un área fundamental en nuestro sistema educativo. Una sola hora semanal en un curso de primaria y otro curso de ESO es insuficiente para cumplir los objetivos planteados por esta asignatura, por lo que esta confederación demanda el aumento del número de horas en las que se imparte.
Madrid, 6 de marzo de 2008