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Educación del Ejecutivo aragonés recurrirá el auto de un juzgado de Huesca que reconoce la objeción de conciencia

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Europa Press / Zaragoza /

 La consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, María Victoria Broto, recurrirá el auto del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de la ciudad de Huesca que reconoce a una familia el derecho a plantear la objeción de conciencia ante la asignatura de Educación para la Ciudadanía (Epc). En declaraciones a los medios de comunicación, Broto dijo que desde el Departamento «siempre hemos planteado que no cabe la objeción de conciencia ante la asignatura, que la Ley tiene que cumplirse», más cuando «los contenidos son constitucionales» y son aquellos «en los que todos podemos estar de acuerdo».

 El auto judicial está siendo examinado ahora por los servicios jurídicos de la Dirección Provincial de Educación de Huesca, continuó la consejera, quien recordó que otros Juzgados de la Comunidad Autónoma se han pronunciado en sentido contrario. «Ni siquiera es una sentencia», dijo Broto, quien dijo que los tres hijos de la familia recurrente no podrán hacer uso de la objeción de conciencia porque ninguno de los tres tiene edad suficiente para cursar la asignatura.

 El Juzgado de lo Contencioso número 1 de Huesca ha suspendido cautelarmente la obligación de asistir a clase de Educación para la Ciudadanía a tres hijos de un matrimonio oscense. Este es el primer caso que llega a un tribunal de Huesca y el primero que se pronuncia a favor de los padres objetores, según informó el Foro de la Familia. En el auto, se reconoce que «la asistencia a clase de los hijos de los recurrentes provocaría una educación o adoctrinamiento en unos valores que no son los compartidos por sus progenitores».

 Esteban Luzón, el padre que interpuso el recurso, apuntó que «el tribunal nos da la razón para que nuestros hijos no acudan a clase por considerar que afecta directamente sobre cuestiones morales y éticas y nosotros somos los únicos responsables de nuestros hijos en este tema y, por lo tanto, nadie tiene porqué imponer ningún tipo de moral ni otras formas de pensar con las que no estamos de acuerdo». El juez que les ha dado la razón, considera que «si se prepara un menú diferente para alumnos musulmanes, cosa que no ocurre con alumnos necesitados de una dieta especial como alérgicos o celíacos, evidencia que las autoridades educativas priman los motivos religiosos sobre las causas de salud». En el auto, añade que «dado que la sensibilidad hacia cuestiones religiosas parece atenderse con especial atención cuando la religión no es la católica, deben atenderse con el mismo celo las mismas cuestiones cuando éstas las plantea el pensamiento católico». Luzón dijo que «es de agradecer que la justicia nos de la razón en algo tan importante como es la enseñanza moral que nosotros pretendemos para nuestros hijos. La Justicia no siempre va acompañada de la verdad, pero en este caso Justicia hace Justicia».

La Noticia:
Un juez apoya no estudiar educación para la ciudadanía
12/06/2008 EL PERIÓDICO

El Juzgado Contencioso número 1 de Huesca ha suspendido cautelarmente la obligación de asistir a clase de Educación para la Ciudadanía a tres hijos de un matrimonio oscense. Este es el primer caso que llega a un tribunal de Huesca y el primero que se pronuncia a favor de los padres objetores, según informó el Foro de la Familia.
En el auto, se reconoce que «la asistencia a clase de los hijos de los recurrentes provocaría una educación o adoctrinamiento en unos valores que no son los compartidos por sus progenitores».

Esteban Luzón, el padre que interpuso el recurso, apuntó que «el tribunal nos da la razón para que nuestros hijos no acudan a clase por considerar que afecta a cuestiones morales y éticas y nosotros somos los únicos responsables de nuestros hijos en este tema».
El juez que les ha dado la razón, considera que «si se prepara un menú diferente para alumnos musulmanes, cosa que no ocurre con alumnos necesitados de una dieta especial como alérgicos o celíacos, evidencia que las autoridades educativas priman los motivos religiosos sobre las causas de salud». En cualquier caso, hay que recordar que tribunales superiores han dictaminado en el sentido contrario.

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