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FAPAR RECHAZA LA CONCERTACIÓN DEL BACHILLERATO ANUNCIADA POR EL PRESIDENTE AZCÓN

La Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnado (FAPAR), como representantes de las familias de la ESCUELA PÚBLICA rechazamos la ampliación de conciertos en etapas educativas obligatorias, como ya ha hecho el actual Gobierno de Aragón, así como la generalización de estos en etapas no obligatorias, como el primer Ciclo de Educación Infantil y el Bachillerato o la Formación Profesional.

Ante el anuncio realizado hoy en el Debate sobre el Estado de la Comunidad por el presidente Azcón, de iniciar el próximo curso escolar la concertación del Bachillerato queremos señalar lo siguiente:

  • Recordamos que el artículo 109 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo , modificada por la Ley 3/2020, de 29 de diciembre recoge en el punto primero del artículo 109 sobre la Programación de Centros que En la programación de la oferta de plazas, las Administraciones educativas armonizarán las exigencias derivadas de la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación, mediante una oferta suficiente de plazas públicas, en condiciones de igualdad y los derechos individuales de alumnos y alumnas, padres, madres y tutores legales. En su punto 4 Las Administraciones educativas deberán tener en cuenta las consignaciones presupuestarias existentes y el principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos. Y en su punto 5. Las Administraciones educativas promoverán un incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública.
  • En la ORDEN ECD/1207/2025, de 10 de septiembre, por la que se resuelven los expedientes de acceso, renovación y modificación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2025-2026, publicada el pasado lunes 22 de septiembre en el Boletín Oficial de Aragón se señala como causa de denegación de concertación de bachillerato o Primer Ciclo de Educación Infantil a los centros privados que lo han solicitado que el incumplimiento de los requisitos y/o criterios contemplados en la normativa vigente en materia de conciertos educativos conforme a la propuesta del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza (Huesca/Teruel). Entre otros, los artículos 109 y 116 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de normas básicas de conciertos educativos, así como los recogidos en la Orden ECD/1593/2024, de 19 de diciembre, por la que se convoca el procedimiento para el acceso, renovación y modificación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2025-2026.

 

Con respecto al primer aspecto indicado, cabe señalar que no hay en Aragón ninguna necesidad, desde un punto de vista de escolarización, de incrementar el número de plazas escolares de Bachillerato, y como muestra basta revisar el documento de vacantes actuales en esta etapa educativa que el Departamento de Educación dispone en su página web. Sirva como ejemplo que en el caso de la ciudad de Zaragoza hay en este momento más de 700 vacantes disponibles en el primer curso de Bachillerato y que los Institutos, si fuera necesario, pueden ampliar, su oferta. En consecuencia, con la concertación de esta etapa se incumpliría el mandato de creación de puestos en centros públicos. Igualmente se incumpliría la obligación del Gobierno de Aragón de hacer un uso eficiente de los recursos públicos al derivar un dinero, cuyo importe desconocemos en estos momentos, a un fin innecesario, cuando no se han cubierto las necesidades de decenas de centros que presentan deficiencias estructurales, de personal, de mantenimiento, de equipamientos, etc….

En cuanto a la gratuidad de la etapa 0-3 años, puede empezar el presidente por generalizar las aulas de 2 años en los centros públicos en los que el Departamento de Educación está cerrando aulas de 3 años. Aulas que no son meros números (39 en Zaragoza, 16 en abril y 23 en septiembre), sino que tienen nombre y apellidos de sus centros y que son, por lo tanto, perfectamente identificables.

Con respecto al segundo punto nos preguntamos qué va a cambiar en el próximo curso escolar para que los Servicios Provinciales de Educación informen favorablemente una necesidad de concertación inexistente, cuya denegación hasta hoy, se ha realizado amparada en el cumplimiento de una Ley en vigor que el Gobierno autonómico no puede cambiar.

 

 

Zaragoza, a 24 de septiembre de 2025

Miguel Ángel Sanz

Presidente FAPAR

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