FAPAR RECHAZA LA SUSPENSIÓN DE LAS CLASES LECTIVAS CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES SINDICALES
Mañana 2 de diciembre tendrán lugar las elecciones sindicales que se celebran cada cuatro años y que plasman un derecho constitucional de los trabajadores, en este caso de la enseñanza pública no universitaria, que desde FAPAR respetamos y apoyamos como ciudadanos responsables.
La franja horaria que las mesas electorales ponen a disposición de los docentes para hacer uso de este derecho individual e incuestionable es de 11 de la mañana a 8 de la tarde, es decir 9 horas, 6 de ellas no lectivas en primaria, por lo que desde esta Federación consideramos totalmente innecesaria e improcedente la suspensión de forma generalizada de las actividades lectivas de la tarde en los centros de Primaria y las dos últimas horas lectivas de mañana en los institutos.
Medida semejante nunca antes se había adoptado en un servicio público, y nunca hemos visto cerrar un hospital o centro de salud, dejar de circular el transporte público, cortarse el agua de nuestros grifos o apagarse los semáforos desde el centro de control de tráfico por cierre del servicio debido a elecciones sindicales.
Como ha sucedido en elecciones anteriores, somos conscientes de que habrá casos individuales o excepcionales que tendrán que hacer uso del derecho recogido en la Orden de 14 de septiembre de 2010 y en el Acuerdo de 21 de septiembre de 2010, en el que se reconoce que en los centros con jornada partida el personal docente podrá disponer de la jornada de tarde, y en los de continua podrá disponer de las dos últimas horas de la mañana, pero, en ningún caso la Orden obliga a establecer un horario limitado a la jornada lectiva.
Es mucho el malestar generado entre las familias de la Escuela Pública que sentimos, una vez más, lesionado el derecho a conciliar nuestra vida laboral y familiar, que percibimos un abuso irresponsable de este derecho individual perjudicando a APAS y familias quienes a nuestra costa deberemos asumir la organización de esta tarde con premura y precipitación, y lo que consideramos más grave, se fomenta la vulneración del derecho a asistir a clase, finalmente con la tolerancia de la Administración.
Consideramos la suspensión de las clases como una manifestación más del malestar por los recortes en el sueldo de los funcionarios y que, de nuevo, esta queja recae no sobre la Administración Educativa o el Gobierno, sino sobre los alumnos y las familias que vemos cercenado el derecho que tenemos los padres a que los niños asistan a clase en el horario lectivo, siendo éste de carácter público y oficial por Resolución de 19 de abril de 2010 de la Dirección General de Política Educativa del Departamento de Educación Cultura y Deporte por la que se aprueba el calendario escolar (BOA de 3 de mayo de 2010).
Zaragoza, a 1 de diciembre de 2010