La UCA aclara las dudas de padres de alumnos sobre el transporte escolar
Por los sistemas de seguridad en autobuses
Diario del Alto Aragón
HUESCA.- Ante recientes denuncias de padres de alumnos sobre el hecho de que algunos autobuses escolares no llevan cinturones de seguridad, la Unión de Consumidores de Aragón (UCA) ha hecho pública una nota de prensa en la que informa de que la obligatoriedad de llevar cinturones de seguridad homologados en los autocares escolares `sólo afecta a los vehículos matriculados a partir de septiembre de 2007`.
Recuerda la Unión de Consumidores de Aragón en su comunicado que el curso pasado entró en vigor en Aragón el Decreto que regula la seguridad en el transporte escolar. Sin embargo -explica la UCA-, `al comienzo de este curso 2008-2009, algunos puntos de la normativa son todavía objeto de dudas y controversias entre los padres de los alumnos, concretamente en el punto que se refiere a la obligatoriedad de que todos los autobuses escolares han de llevar cinturones de seguridad homologados`.
Esta organización de consumidores, así mismo, recuerda que el Real Decreto citado dicta que `los asientos enfrentados a pasillos deberán disponer de cinturones de seguridad debidamente homologados, cuando sean utilizados por menores de 16 años. Sólo podrán ser ocupados por niños entre 5 y 11 años cuando concurran varios requisitos: el cinturón de seguridad con tres anclajes y deberá disponer de cojines elevadores de distintas alturas para ajustar el cinturón a las características físicas del menor`.
`PERFECTAMENTE LEGITIMADOS`
Sin embargo, aunque algunos padres de alumnos han criticado que hay autocares escolares que carecen de este sistema de cinturones de seguridad tal y como lo exige la legislación, `los vehículos están perfectamente legitimados para ejercer el transporte escolar, ya que el Real Decreto sólo afecta a los vehículos matriculados a partir de septiembre de 2007, es decir, matriculados después de entrar la norma en vigor`, afirma la Unión de Consumidores de Aragón en su escrito.
En la nota de prensa añaden que `como el Real Decreto admite que autocares con diez años de antigüedad (hasta dieciséis si se acredita que ese vehículo lleva más de diez años realizando transporte escolar) sean aptos para esta tarea, éstos quedan exentos de la aplicación de la normativa en lo que se refiere a la disposición de cinturones de seguridad homologados`.
D.A.