Los alumnos de bachillerato no pueden pasar a 2º con más de 2 materias suspensas
Los alumnos no pueden pasar a 2º con más de 2 materias suspensas
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12 Comunidades Autónomas y el Ministerio de Educación han suscrito el acuerdo alcanzado en la Comisión General de Educación
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El acuerdo se ajusta de manera estricta a la legalidad vigente, recogida en la LOE y en el Real Decreto que regula el Bachillerato, así como a la sentencia del Tribunal Supremo sobre esta etapa educativa
El Boletín Oficial del Estado publica hoy 19 de Junio el texto del acuerdo alcanzado en la Comisión General de Educación el pasado 9 de junio y que ha sido suscrito por 12 Comunidades Autónomas y el Ministerio de Educación.
De esta manera, el Ministerio de Educación cumple el objetivo de lograr el máximo consenso en torno al Bachillerato, al suscribir el acuerdo con la gran mayoría de las Comunidades Autónomas para dar una respuesta común a los alumnos que terminen el primer curso con tres o cuatro materias suspensas.
Así, las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia y País Vasco y el Ministerio de Educación (para su aplicación en Ceuta y Melilla, su territorio de gestión), han firmado el acuerdo que se alcanzó el pasado 9 de junio de 2009 y que recoge las diferentes propuestas realizadas por las administraciones educativas.
El acuerdo responde a la solicitud que los Consejeros de Educación realizaron el 19 de mayo de 2009 en la Conferencia Sectorial de Educación de encomendar a la Comisión General de Educación la búsqueda de un acuerdo para armonizar, en la medida de lo posible, las decisiones adoptadas en relación a las condiciones de repetición de los alumnos del primer curso de Bachillerato con 3 ó 4 materias no superadas, que se han visto modificadas como consecuencia de la anulación por parte del Tribuna Supremo del artículo 14.2 del Real Decreto 1467/2007, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.
En este sentido, el texto del acuerdo respeta de manera escrupulosa lo que establece la Ley Orgánica de Educación así como la sentencia del Tribunal Supremo, que permiten promocionar al 2º curso de bachillerato con 2 asignaturas pendientes como máximo. A la vez, el acuerdo se ajusta al Real Decreto de Bachillerato, que no obliga a los alumnos que terminen 1º de Bachillerato con 3 ó 4 materias no superadas a repetir las materias ya aprobadas.
Los términos exactos del acuerdo publicados hoy son los siguientes:
Los alumnos que al finalizar el primer curso de Bachillerato hayan obtenido evaluación negativa en tres o cuatro materias podrán, con conocimiento en su caso de sus familias, tomar una de las siguientes opciones:
1. Matricularse de nuevo en el primer curso de Bachillerato en su totalidad, renunciando a las calificaciones obtenidas.
2. Matricularse de nuevo en el primer curso de Bachillerato en su totalidad, de forma que tengan la oportunidad de consolidar su formación en las materias ya aprobadas y mejorar la calificación. En el caso de que la calificación fuera inferior, se mantendría la obtenida en el curso anterior.
3. Matricularse de las materias en las que hayan tenido evaluación negativa. En función de las disponibilidades organizativas del centro, podrán cursar voluntariamente aquellas otras materias que la Dirección del centro considere más adecuadas para su formación.
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Resolución publicada en el BOE sobre las condiciones de repetición en el primer curso de Bachillerato:
http://www.ceapa.es/files/legislacion/File0078.pdf
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