MEDIDAS DE FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DERIVADAS DEL CIERRE POR EL COVID-19.
Aprobada por el Gobierno de Aragón la orden de 13 de marzo de 2020 del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública en la Comun. idad Autónoma de Aragón por la situación y evolución del COVID-19, desde los poderes públicos debemos garantizar por una parte la salud de los ciudadanos y por otra la prestación de los servicios públicos en relación con la suspensión temporal de la- actividad lectiva presencial en los centros educativos de todas las enseñanzas no universitarias, se dictan las siguientes:
MEDIDAS REFERIDAS AL NUEVO MODELO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DERIVADAS DEL COVID-19.
En este sentido en el ámbito educativo, y dentro del principio . de autonomía de los centros, éstos se ven obligados a asumir dos funciones; por un lado, cumplir con las recomendaciones dictadas por los responsables de salud públic.a, y por otro seguir acompañando en esta excepcional situación a los alumnos en su aprendizaje. Con esta finalidad se dictan las siguientes medidas preventivas que, en virtud de la evolución de la situación sanitaria y de las medidas adoptadas por las autoridades competentes, podrán ser objeto de revisión.
Organización y funcionamiento de centros educativos.
Estas medidas resultan de aplicación a centros educativos públicos, concertados y privados autorizados de la · Comunidad Autónoma de Aragón.
- Ante esta situación excepcional los centros deben modificar su organización habitual garantizando la atención educativa de los alumnos mediante el uso ‘de las herramientas a distancia que se mencionan en el ANEXO Con el fin de compatibilizar la atención al alumnado y las adecuadas medidas de salud, los centros educativos contemplarán la flexibilización del horario del personal docente, personal de servicios domésticos y servicios auxiliares, administrativos y técnicos de educación infantil.
Corresponde a los equipos directivos determinar el modelo de organización y» flexibilizar los horarios priorizando el teletrabajo fµera del centro educativo.
El resto de personal no docente estará a disposición del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
En caso de baja por enfermedad la presentación de declaración jurada del interesado sustituye al justificante médico.
- Los centros continuarán con las gestiones que vienen realizando como consecuencia del proceso de escolarización para I curso 2020-21 y otros procesos administrativos en curso.
- Los centros docentes deberán prestar una especial atención a la tutorización del alumnado de 2° de Bachillerato que ha de presentarse a las pruebas de Evaluación para el Acceso a la Universidad, así como a los alumnos que presenten dificultades en su aprendizaje.
- Quedan suspendidos los Consejos Escolares, Claustros y aquellas tareas que impliquen desplazamiento a otra localidad.
En el caso de los centros docentes privados estas instrucciones serán aplicables en todos aquellos aspectos que no contravengan lo establecido en su normativa específica, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educa_ción, según la redacción dada por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Estas instrucciones serán de aplicación hasta el levantamiento de la suspensión de las actividades educativas presenciales citadas, hecho que será comunicado con suficiente antelación a los equipos directivos.
Las Unidades de Programas Educativos y la Inspección de Educación estarán a disposición de los centros para garantizar la adecuada aplicación de estas medidas. ·
El Departamento de Educación confía plenamente en la profesionalidad del profesorado y cuenta con su máxima colaboración para conseguir que el impacto del virus Covid-19 en la Comunidad Autónoma no afecte a la calidad del sistema educativo. En caso de que se produzcan novedades que modifiquen las actuales previsiones se irán ofreciendo nuevas instrucciones desde la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. ·
Zaragoza, 13 de marzo de 2020
LA SECRETARIA GENERAL TÉCNICA
Departamento de Educación, Cultura y Deporte
Gobierno de Aragón